PRESTACIóN FARMACéUTICA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

1. Prestación farmacéutica en el Sistema Nacional de Salud Contenido de la cartera de servicios del SNS Competencias en materia de farmacia Receta médica del SNS Productos con condiciones determinadas para su dispensación Aportacion del usuario en prestación farmacéutica

La Ley 29/2006, de 26 de Julio de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (LGURM), regula, entre otros aspectos, la prescripción y dispensación de los medicamentos de uso humano y productos sanitarios, así como los procesos en los que están implicados desde la investigación clínica hasta la comercialización y seguimiento de la relación beneficio-riesgo.
Según las condiciones de prescripción, los medicamentos se clasifican en:

1.1. CONTENIDO DE LA CARTERA DE SERVICIOS DEL SNS: PRESTACIÓN FARMACÉUTICA, ORTOPROTÉSICA Y DIETOTERÁPICA

El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, establece la Cartera de Servicios Comunes del SNS e incluye entre sus prestaciones sanitarias:

1.1.1. PRESTACIÓN FARMACÉUTICA

Según establece el Real Decreto 1030/2006, en el caso de pacientes no hospitalizados, la prestación farmacéutica comprende la indicación, prescripción y dispensación de los siguientes productos:

En pacientes hospitalizados, la prestación farmacéutica comprende la indicación, realización y seguimiento de los tratamientos que necesiten los pacientes, independientemente de que su necesidad venga o no causada por el motivo de su internamiento.

Excluye:

1.1.2. PRESTACIÓN ORTOPROTÉSICA

Comprende los implantes quirúrgicos, las prótesis externas, las sillas de ruedas, las ortesis y las ortoprótesis especiales.
No constituyen parte de esta prestación los efectos y accesorios, ni los artículos ortoprotésicos destinados a uso deportivo, ni los utilizados con finalidad estética, ni aquellos de los que se realice publicidad dirigida al público en general.
La prescripción de los productos incluidos en la prestación ortoprotésica debe ser llevada a cabo por un médico de Atención Especializada.

1.1.3. PRESTACIÓN DIETOTERÁPICA

Comprende los tratamientos dietoterápicos para personas que padezcan determinados trastornos metabólicos congénitos y la nutrición enteral domiciliaria para pacientes a los que no es posible cubrir sus necesidades nutricionales, a causa de su situación clínica, con alimentos de consumo ordinario.
La prescripción de estos tratamientos también ha de llevarse a cabo por médicos de Atención Especializada.

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