FORMULARIO DE RECETA. NUEVA PRESCRIPCIÓN Y MODIFICAR PRESCRIPCIONES

4. Formulario de receta. Nueva prescripción y modificar prescripciones. 4.1. Pantalla del formulario de receta: elementos 4.2. Nueva prescripción 4.3. Modificar una prescripción 4.4. Prescripciones especiales

4.3. Modificar una prescripción

Para modificar una prescripción que ya está registrada en el Plan terapéutico (como Medicación actual, Reciente o Histórica) debe accederse al Formulario de receta de una de las siguientes maneras:

En el último caso se recuperará la prescripción con fecha de inicio y fecha de prescripción del día y sin informar la fecha fin ni la fecha de renovación.

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En los dos casos llevará a la pantalla del formulario de receta para incorporar las modificaciones.

Al incorporarse a esta pantalla el sistema hará el cambio automático a DOE, cuando sea posible, pero en todo caso puede prescribirse una Marca en “Cambiar Marca”.

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Al modificar las fechas (fin o renovación), la pauta o el proceso clínico se actualiza la fecha de prescripción.

4.4. Prescripciones especiales

Determinados productos tienen características especiales para su prescripción:   

Medicamentos no sustituibles No es posible la prescripción por DOE y se propone siempre la marca comercial
Medicamentos hospitalarios No se pueden prescribir en receta médica y únicamente se permite su registro en la historia clínica del paciente.
No será obligatorio informar la fecha fin ni la de renovación.
Productos sometidos a visado En la pantalla de Formulario de receta se mostrarán los campos de visado que deben cumplimentarse (Ver apartado de Visado)
  • Medicamentos ECM. Solo son prescribibles por médicos AE. El tiempo máximo de renovación son 3 meses.
  • Medicamentos DH: Requieren informe y primera receta del médico especialista pero  las recetas sucesivas puede hacerlas un médico de Atención Primaria.
  • Medicamentos CPD Precisa informe y receta de especialista o de médico de Atención Primaria.
  • Medicamentos CPD (Grupo Poblacional) solo precisará visado para los paciente mayores de 75 años, para el resto de pacientes será como un medicamento normal.
  • Productos dietéticos DIET
  • Medicamentos no financiados Cuando se imprime una receta de estos medicamentos siempre debe utilizarse la receta Blanca.
    Medicamentos financiados por indicación Sólo están financiados para determinados procesos clínicos y requieren visado. Por defecto en el formulario de receta el tipo de financiación se mostrará como “No financiado”. Si la indicación está financiada, el médico seleccionará la opción “Financiado” en el desplegable y mostrará los campos para cumplimentar los requisitos del visado.
    Estupefacientes En la receta impresa mostrará la leyenda “RECETA OFICIAL DE ESTUPEFACIENTES”. El tiempo máximo de renovación son 3 meses.
    Campaña sanitaria Enfermos diagnosticados de Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida tienen derecho a Prestación Farmacéutica con aportación reducida y también los pacientes no asegurados con proceso clínico de tuberculosis a los que se les prescribe un medicamento tuberculostático. Estas prescripciónes se realizarán en receta financiada, mostrará la leyenda “CAMPAÑA SANITARIA” y su aportación será reducida (10% del PVP con una aportación máxima).
    Medicamentos extranjeros En la receta impresa aparecerá la leyenda “Tramitación como Med Extranjero”.
    Fórmulas magistrales y otros Deben prescribirse como texto libre en el cuerpo de la prescripción de la pantalla de “Fórmulas magistrales y otros”. El contenido se volcará en formulario de receta.